LINEA DE CREDITO BANCO NACION ARGENTINA
Línea de crédito del Banco de la Nación Argentina
Actividad: de turismo, gastronómicas, transporte de pasajeros y productoras de eventos.
Destino: Capital de Trabajo y Gastos de Evolución.
No se puede aplicar a :
- Construcciones o reparaciones de edificios o inmuebles de uso residencial.
- Compra de terrenos, salvo que estén afectados al proyecto de inversión.
- Pago de dividendos
- Pago de deudas Impositivas
- Gastos no relacionados con el proyecto
Moneda: pesos
Monto Maximo : depende si es pyme, autonomous, o monotributistas
MiPyme y autónomos: hasta dos meses y medio de ventas, con un máximo de $10.000.000.
Monotributistas: Categorías A, B y C: $ 50.000 Categorías D a K: $ 200.000
Tasa: interés con tasa nominal anual fija del 24%
Bonificación: FONDEP toma a su cargo durante los primeros 12 meses el 24% de la tasa quedando a tasa 0 y durante los segundos 12 meses el 6%, es decir queda a tasa del 18%
Plazo: 24 meses con 12 meses de gracia para capital
Amortizacion: sistema aleman con periodicidad mensual
MORATORIA 2020 AMPLIADA
La ley 27562 sancionada el 14 de agosto del 2020 por el Congreso, amplia la moratoria.
Aspectos salientes
– Sujetos alcanzados: personas humanas y jurídicas responsables de tributos y de recursos de la seguridad social.
– Sujetos excluidos: aquellos sujetos (excepto MiPyMEs, entidades sin fines de lucro y pequeños contribuyentes) que posean activos financieros en el exterior y no repatrien por lo menos el 30% dentro de los 60 días desde la adhesión al régimen.
– Se podrán incluir obligaciones vencidas al 31/7/2020.
– No se tendrá en cuenta la categoría de SIPER.-Adhesión: se podrá realizar hasta el 31/10/2020
– Cuotas: podrán ser de 48, 60, 96 o 120, según el tipo de deuda que se regularice, y una tasa de interés fija del 2% mensual durante las 6 primeras cuotas (tasa BADLAR en moneda nacional en bancos privados a partir de la séptima cuota).
La primera cuota vencerá, salvo que se trate de refinanciaciones, el 16/11/2020 y prevé un descuento del 15% para quienes cancelen mediante pago al contado.
– Beneficios para los contribuyentes cumplidores:
En la caso de personas humanas y sucesiones indivisas que se encuentren inscriptas en el impuesto a las ganancias, tendrán una deducción adicional del 50% del Mínimo no imponible.
Para los monotributistas se establece la exención del componente impositivo de una determinada cantidad de cuotas, según la categoría en la que se encuentren inscriptos.
Y por último, para las micro y pequeñas empresas que se encuentren inscriptas en el impuesto a las ganancias, podrán optar por practicar las respectivas amortizaciones a partir del período fiscal de habilitación del bien o conforme un régimen que se establece en función del tipo de bien.
Compliance Forums
Compliance Forums reunirá a líderes para discutir sobre ética y negocios en un contexto de crisis sanitaria.
9 líderes conforman el grupo de speakers que de manera virtual se encontrarán en el Compliance Technical Forum el próximo miércoles 20 de mayo. La agenda abordará tres temáticas: COMPLIANCE: LA COYUNTURA, CRISIS LOCAL Y SU TRATAMIENTO REGIONAL, MARCO LEGAL Y REGULATORIO. Y por último TECNOLOGÍA, COMPLIANCE Y LAS PYMES.
El CTF es un espacio de discusión e interacción entre expertos que se desempeñan en el área de ética, integridad y compliance. Convoca a compliance officers, abogados que se desempeñan en el área, profesionales que ejercen funciones de supervisión de normas y obligaciones legales del sector público y privado, empresarios y dueños de Pymes como sujetos obligados.
El ciclo de charlas lo iniciará Raúl Saccani Presidente de la Comisión Anticorrupción del CPCECABA y Socio de Forensic & Dispute Services en Deloitte Argentina. Lo sigue un panel conformado por Laura Guimpel y Karina Bermolen, expertas ambas en temas de Integridad, Transparencia y cumplimiento. Brindarán su visión sobre Compliance en la coyuntura y crisis local y su tratamiento regional.
El segundo módulo está compuesto por Emilio Cornejo Costas, Responsable del Departamento de Derecho Penal en el Estudio Lisicki & Litvin y Asociados. Y por los abogados Pedro Serrano Espelta y Gonzalo Ezequiel Márquez Alonso de la Bárcena, ambos socios de la firma Marval, O'Farrell & Mairal.
El cierre tendrá el foco en tecnología y PYMES, para ello se convocó a Pablo César Paladini, Director General en Resguarda y Gerente del área de Auditoría Interna y control de procesos en Lisicki Litvin & Asociados. También a Juan M. Bodenheimer, Consultor Internacional en People Analytics, HR Analytics y Desarrollo Organizacional.
Sobre Pymes y los beneficios de adoptar un modelo de prevención de delitos en éste contexto disertará Mariano Joaquín Fernández de SMS - San Martin Suarez y Asociados, Vicepresidente de la comisión de anticorrupción del CPCECABA Y Co Director del Comité de Compliance del Instituto de Auditores Internos de Argentina (IAIA).
Más de quince organizaciones apoyan esta jornada que iniciará a las 9:00hs. En el auditorio virtual de Work Tec Argentina. Quienes deseen inscribirse o conocer más pueden visitar la web del evento www.complianceforums.com.
Economía del Conocimiento
Fecha: 2019
El Congreso de la Nación aprobó la ley que promueve la economía del conocimiento. Esta ley establece beneficios impositivos para las siguientes industrias de: software, biotecnología, industrias aeroespacial y satelital, audiovisual, servicios geológicos y de prospección, y relacionados con electrónica y comunicaciones, centros de exportación de servicios profesionales, investigación y desarrollo, nanotecnología y nanociencia, y la fabricación de bienes 4.0 conectados a la tecnología.
El presente régimen otorga los siguientes beneficios:
* estabilidad fiscal;
* alícuota reducida del impuesto a las ganancias del 15%;
* no serán sujetos pasibles de retenciones ni percepciones del impuesto al valor agregado;
* se establece una reducción adicional en las contribuciones patronales y la posibilidad de generar un bono de crédito fiscal por las contribuciones que hubiera correspondido pagar
Declaración jurada determinativa del impuesto a los bienes personales
Fecha: 2018
Quienes estén inscriptos en el impuesto y aquellos ciudadanos cuyos bienes superen:
- Para el período 2016 $ 800.000
- Para el período 2017 $ 950.000
- Para el período 2018 $1.050.000
En estos casos, se deberá tramitar la CUIT y solicitar el alta en el impuesto sobre los Bienes Personales.